1. El trabajador NUNCA debe trabajar si previamente no está dado de alta en la Seguridad Social por parte del empresario (nosotros le enviaremos por escrito el comprobante o bien se lo haremos saber por correo electrónico).
  2. Siempre el empresario debe tener en su poder el contrato original firmado entre empresa y trabajador (en todas las hojas y recomendable en color azul).
  3. Pagar por transferencia bancaria o cheque nominativo las nóminas (nunca en efectivo ni con cheques al portador).
  4. Que siempre firmen las nóminas los trabajadores y el empresario se quede siempre con el original (recomendable la firma en color azul).
  5. Que las faltas de asistencia al trabajo se justifiquen siempre y se firmen por el trabajador.
  6. Las bajas médicas se deben documentar por parte del trabajador al empresario y, posteriormente, enviarlas el empresario a nosotros como asesores para cursarlas ante la Seguridad Social u organismo dependiente (atención con los plazos porque el incumplimiento puede llevar consigo sanciones). Debe haber un parte inicial de baja emitido por el médico, posteriormente partes de confirmación (el primero a los 3 días de la baja y los siguientes semanales) y finalmente parte de alta del trabajador.
  7. Las vacaciones de los trabajadores las deben controlar los empresarios y recomendamos que se firmen por parte del trabajador el disfrute de las mismas.
  8. Llevar control diario de horas realizadas por el trabajador.
  9. Es obligatorio tener un botiquín de primeros auxilios en el centro de trabajo (y más obligaciones dependiendo del número de trabajadores).
  10. Hacer o contratar el Plan de Prevención Riesgos Laborales.

Si considera necesario cualquier aclaración adicional, por favor, no dude ponerse en contacto con nosotros.