- El trabajador NUNCA debe trabajar si previamente no está dado de alta en la Seguridad Social por parte del empresario (nosotros le enviaremos por escrito el comprobante o bien se lo haremos saber por correo electrónico).
- Siempre el empresario debe tener en su poder el contrato original firmado entre empresa y trabajador (en todas las hojas y recomendable en color azul).
- Pagar por transferencia bancaria o cheque nominativo las nóminas (nunca en efectivo ni con cheques al portador).
- Que siempre firmen las nóminas los trabajadores y el empresario se quede siempre con el original (recomendable la firma en color azul).
- Que las faltas de asistencia al trabajo se justifiquen siempre y se firmen por el trabajador.
- Las bajas médicas se deben documentar por parte del trabajador al empresario y, posteriormente, enviarlas el empresario a nosotros como asesores para cursarlas ante la Seguridad Social u organismo dependiente (atención con los plazos porque el incumplimiento puede llevar consigo sanciones). Debe haber un parte inicial de baja emitido por el médico, posteriormente partes de confirmación (el primero a los 3 días de la baja y los siguientes semanales) y finalmente parte de alta del trabajador.
- Las vacaciones de los trabajadores las deben controlar los empresarios y recomendamos que se firmen por parte del trabajador el disfrute de las mismas.
- Llevar control diario de horas realizadas por el trabajador.
- Es obligatorio tener un botiquín de primeros auxilios en el centro de trabajo (y más obligaciones dependiendo del número de trabajadores).
- Hacer o contratar el Plan de Prevención Riesgos Laborales.
Si considera necesario cualquier aclaración adicional, por favor, no dude ponerse en contacto con nosotros.