Preguntas frecuentes relativas a la declaración anual de operaciones con terceros, modelo 347 del ejercicio 2018.
Le indicamos algunas cuestiones que nos han ido planteando nuestros clientes y que esperamos le sirvan de ayuda nuestras respuestas.
Creemos que la pregunta más frecuente de nuestros clientes ha sido la nº 4 sobre la posibilidad de discrepancias entre los importes declarados por el cliente y por el proveedor.
- ¿Cuál es el plazo de presentación del modelo 347 correspondiente a 2018?
El mes de febrero de 2019.
- ¿Cómo se debe incluir la información en el modelo 347 a partir de la declaración de 2011?
Se suministrará desglosada trimestralmente, excepto la relativa a las cantidades percibidas en metálico, que se seguirá suministrando en términos anuales, y la salvedad respecto a los sujetos pasivos inscritos en el registro de devolución mensual de IVA.
- ¿En el modelo 347 cambia el criterio de imputación de las facturas a partir de la declaración de 2011?
Sí. Se utilizará el mismo criterio de imputación que en el modelo 340. Las operaciones se entenderán producidas en el período en el que se deba realizar la anotación registral de la factura o documento sustitutivo que sirva de justificante.
- En las facturas expedidas deben estar anotadas en el momento que se realice la liquidación y pago del impuesto correspondiente a dichas operaciones.
- En las facturas recibidas deben estar anotadas por el orden que se reciban y dentro del período de liquidación en que proceda efectuar su deducción.
- ¿Con el nuevo criterio de imputación pueden existir discrepancias entre los importes declarados por el cliente y el proveedor?
Sí. En el caso de que se reciba la factura por el cliente y se registre en un período trimestral distinto al de la emisión de la misma por el proveedor surgirán diferencias.
Ejemplo: la sociedad X vendió a Y por un importe de 10.000 euros el 20 de marzo de 2017. La sociedad Y recibió la factura el 30 de abril y la registró en el libro de facturas recibidas en esa fecha.
En el 347 de X la operación indicada debe incluirse, con la clave “B”, en la casilla correspondiente al 1T y en el 347 de Y se incluirá, con la clave “A” en la casilla correspondiente al 2T.
- ¿Cómo se declaran las operaciones en las que posteriormente existan devoluciones, descuentos, bonificaciones o modificación de la base imponible?
Estas circunstancias modificativas deberán ser reflejadas en el trimestre natural en que se hayan producido las mismas, siempre que el resultado de estas modificaciones supere, junto con el resto de operaciones realizadas con la misma persona o entidad en el año natural, la cifra de 3.005,06 euros.
Ejemplo 1: En enero de 2012 la entidad X (no es gran empresa) vendió a Y por un importe de 4.000 euros. Pasados 6 meses X no ha cobrado dicho importe por lo que realiza los trámites pertinentes para modificar la base imponible en el último trimestre de 2012. ¿Cómo declara estas operaciones en el 347? No debe presentar el modelo 347 porque el importe anual de las operaciones, en valor absoluto, es inferior a 3.005,06 euros
Importe anual de las operaciones= 0= Venta (4000) – Modif. BI (-4.000)
Ejemplo 2: En diciembre de 2011 la entidad X vendió a Y por un importe de 20.000 euros. En el primer trimestre de 2012, la entidad X recibe una devolución de mercancías procedente de la venta anterior por valor de 4.000 euros. ¿Cómo declara estas operaciones en el 347? En este caso sí debe declarar las operaciones en el 347 ya que se tiene en cuenta el que el valor absoluto de las operaciones realizadas en un mismo año natural supere los 3.005, 06 euros.
Ejercicio 2011: Clave “B”. Importe de las operaciones= 20.000 euros
Ejercicio 2012: Clave “B”
Importe anual de las operaciones= – 4.000
Importe 1T: – 4.000
Importe 2T=0
Importe 3T=0
Importe 4T=0
- ¿Puede declararse un importe negativo en el modelo 347?
Sí. Siempre que el importe anual de las operaciones supere, en su valor absoluto (sin signo), los 3.005,06€. Dicho importe se consignará en la declaración con el signo negativo.
Esperamos que esta información sea de su interés.
Si considera necesario cualquier aclaración adicional, por favor, no dude ponerse en contacto con nosotros.