Le recordamos que, si su empresa está constituida antes del 1 de enero de 2019 y cierra el ejercicio fiscal el 31 de diciembre, se deben legalizar en el Registro Mercantil los Libros Oficiales del ejercicio 2018 antes del 30 de Abril de 2019 (cuatro meses desde el cierre del ejercicio), por lo que es imprescindible que tengamos antes de la fecha mencionada todos los movimientos bancarios desde el 01.01.2018 al 31.12.2018 de todas las entidades financieras con las que opera su empresa (salvo que sea usted un cliente nuevo desde el 01.01.2018 y le solicite estos datos su anterior gestoría/asesoría/consultoría).

Sólo para el caso de que no nos hubiese facilitado con anterioridad todos los movimientos bancarios le rogamos que a la mayor brevedad posible nos remita los mismos según las instrucciones que comentamos a continuación:

Estos movimientos bancarios a los que hacemos mención en el párrafo anterior nos lo debe facilitar en archivos Excel (preferiblemente), Word o “pdf” con los siguientes datos en columnas y ordenados cronológicamente de forma ascendente: 

  1. Fecha del movimiento bancario
  2. Concepto
  3. Importe en euros
  4. Saldo bancario tras cada movimiento
  5. Debe añadir también una columna a la derecha de los datos anteriores con la explicación del movimiento bancario con la denominación social, el CIF del proveedor/cliente con número de factura y la fecha de la factura (ejemplo de explicación: pago a Telefónica con CIF A-17896548 por la factura 789 del 01.11.2016).

 Los datos de los puntos 1 al 4 son siempre fácilmente exportables a Excel o Word desde la página Web del banco y permite ordenarlo cronológicamente de forma ascendente.

Es aconsejable que siempre nos lo remita en papel o documento  “apaisado” para que al imprimir el documento nos permita identificar todos estos datos en cada hoja y es imprescindible que al imprimir los movimientos bancarios los datos aparezcan sólo en una hoja todas las columnas de cada movimiento (independientemente de que luego existan más hojas por el número de filas totales).

 

Esta documentación relacionada con los datos de movimientos bancarios ya se le solicitó en otras ocasiones anteriores por lo que le rogamos que nos lo remita de forma urgente (si es que no lo ha hecho con anterioridad o está pendiente de respondernos a un archivo con “partidas pendientes de aplicación” remitido hace varias semanas) ya que disponemos de pocos días laborables hasta el día 26 de Abril (fecha límite en la que deseamos tener presentado todo en el Registro Mercantil relacionado con su empresa y la legalización de esos Libros Oficiales comentados anteriormente, salvo que nos indique por escrito lo contrario).

Para que legalicemos los Libros Oficiales de su empresa en el Registro Mercantil es imprescindible estar al corriente de pago de nuestras facturas emitidas.

 

Esperamos que esta información sea de su interés.

Si considera necesario cualquier aclaración adicional, por favor, no dude ponerse en contacto con nosotros.