Solo Información para empresas que tienen su cierre fiscal el día 31 de Diciembre (fecha de cierre habitual).
- Le recordamos que el próximo día 25 de Julio es el último día para abonar el Impuesto sobre Sociedades del ejercicio 2018 (en el caso de que el cierre fiscal de su empresa sea el día 31 de Diciembre). Le rogamos que esté disponible porque le pediremos el NRC de su banco para el adeudo en cuenta del pago del impuesto (si no domicilia el pago por banco), si el resultado es a pagar. O en la forma en la que habitualmente trabajemos al respecto con otros impuestos.
- Aprovechamos para recordarle la necesidad de la firma del Administrador para presentar el certificado del acta de la Junta General de la Sociedad en el Registro Mercantil (para presentar las Cuentas Anuales del ejercicio 2018 antes del día 30 de Julio), en relación con la aprobación de las cuentas del ejercicio 2018. Abonaremos nosotros las tasas y minutas como años anteriores y posteriormente le remitiremos a su banco los suplidos, gastos por la legalización de firmas ante Notario (si procede) y la minuta nuestra.
- El certificado del acta de la Junta General de la Sociedad se la remitiremos en breve para que el Administrador o responsables legales de la sociedad la firmen, la escanee una vez firmada y nos la remita por correo electrónico (imprescindible con buena calidad y que la firma coincida con la del DNI).
Si su empresa se constituyó a partir del 1 de enero de 2019 no debe presentar nada este año relacionado con 2018.
Si su empresa es cliente nuestro a partir del 1 de enero de 2019 y su empresa ha tenido actividad en el ejercicio 2018 le recomendamos que se ponga en contacto con nosotros para decidir al respecto (en principio nosotros no presentaremos el impuesto de sociedades ni las cuentas anuales de 2018 por entender que lo presentará su anterior consultor/asesor, salvo que nos diga lo contrario porque, por ejemplo, no hubiese pactado que lo presentasen sus anteriores consultores/asesores).
Los honorarios por este servicio aparecen en su contrato.
Sólo presentaremos las Cuentas Anuales en el Registro Mercantil si está al corriente de pagos con nuestra empresa al día de hoy y si, lógicamente, nos ha facilitado todos los movimientos bancarios del año 2018 con las pertinentes explicaciones.
Si considera necesario cualquier aclaración adicional, por favor, no dude ponerse en contacto con nosotros.